ASINFA informa sobre los recursos de inconvencionalidad presentados ante la SCJ de Uruguay en defensa de los derechos humanos

Discordancia entre las sentencias de la SCJ y el Dictamen Jurídico

Las sentencias N.º 75/2025 y N.º 76/2025 de la Suprema Corte de Justicia de Uruguay

(SCJ) han fallado en reconocer principios fundamentales del Dictamen Jurídico Independiente e Imparcial presentado en noviembre de 2024. Dicho dictamen establece con claridad la competencia exclusiva de la SCJ en crímenes de lesa humanidad y la inconstitucionalidad de los procesos seguidos en juzgados ordinarios.

 

El Dictamen Jurídico evidencia que:

 El Derecho de Gentes es parte del Derecho Internacional Público, lo que impide que tribunales ordinarios juzguen crímenes de lesa humanidad.

 El Artículo 239 de la Constitución uruguaya establece la competencia exclusiva de la SCJ sin margen de interpretación contraria.

 El principio de juez natural, reconocido en la Convención Americana sobre Derechos

Humanos, ha sido violado al permitir que jueces ordinarios continúen con estos procesos.  Los tratados internacionales ratificados por Uruguay forman parte del bloque de constitucionalidad y deben ser respetados por la SCJ en sus fallos.

 El Estatuto de Roma y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad establecen normas que la SCJ ha decidido ignorar sin justificación.

 

                                     Conclusión: Una sentencia sin motivación jurídica válida

Las sentencias ignoran principios básicos del derecho internacional y constitucional uruguayo, carecen de una fundamentación adecuada y parecen responder a presiones políticas en lugar de criterios jurídicos. Es particularmente grave que la SCJ:

No haya respondido a los argumentos de la defensa, limitándose a rechazar los planteos sin un análisis profundo del fondo del asunto.

Haya eludido la discusión sobre la competencia exclusiva de la SCJ, contradiciendo incluso sus propios precedentes y el marco constitucional.

Haya avalado la continuidad de procesos en tribunales ordinarios sin reconocer que esto podría derivar en la nulidad absoluta de todos los casos.

No haya considerado la aplicación de normas internacionales vinculantes, lo que podría comprometer a Uruguay en instancias internacionales.

 El voto discorde del Presidente de la SCJ: Un reconocimiento implícito de las fallas

El Dr. John Pérez Brignani, presidente de la SCJ, emitió un voto discorde en el fallo N.º 76/2025, lo que confirma que la postura mayoritaria de la SCJ no tiene un respaldo jurídico sólido. Su voto reconoce que:

La defensa tenía razón al plantear que la SCJ debía asumir su competencia exclusiva y que los jueces ordinarios no podían decidir por sí mismos sobre este punto. La SCJ estaba obligada a evaluar el argumento de la falta de jurisdicción en lugar de rechazarlo sin análisis profundo.

La admisión del recurso de queja sobre la inconvencionalidad es un indicio claro de que existen serias dudas sobre la constitucionalidad de estos procesos. El fallo mayoritario de la SCJ incurre en contradicciones internas, reconociendo implícitamente que los crímenes en cuestión derivan del Derecho Internacional, pero negando a la SCJ su rol de juzgamiento en estos casos.

El resto de los magistrados ignoró estos puntos esenciales, prefiriendo cerrar filas para evitar un pronunciamiento que podría haber provocado un colapso total del andamiaje judicial sobre estos casos.

Acciones internacionales y próximos pasos

ASINFA y su equipo jurídico continúan evaluando las distintas vías jurídicas disponibles, tanto a nivel nacional como internacional, con el objetivo de garantizar la defensa de los derechos fundamentales de las personas implicadas y la aplicación del debido proceso. En este sentido, se seguirán adoptando las acciones necesarias en función del desarrollo del caso y de las garantías legales vigentes. Exigimos el monitoreo internacional sobre estas graves violaciones a los derechos humanos y al debido proceso.

Nuestra preocupación y nuestra esperanza

Un compromiso firme con la verdad y la justicia

Como organización comprometida con la defensa de los derechos humanos, seguiremos vigilando el desarrollo de estos procesos y asegurando que cada denuncia presentada sea atendida con la debida seriedad.

Desde ASINFA, reafirmamos nuestra posición de trabajar incansablemente por la verdad, la justicia y la garantía de los derechos fundamentales. Esta acción ante organismos internacionales es un paso más en nuestra lucha por un sistema judicial justo y equitativo en Uruguay.

 Conclusión Final

Las sentencias N.º 75/2025 y N.º 76/2025 de la SCJ carecen de fundamentación adecuada, contradicen el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y desconocen la competencia exclusiva de la SCJ en crímenes de lesa humanidad. ASINFA no permitirá que estas violaciones queden impunes. Llevaremos esta lucha a

todas las instancias nacionales e internacionales necesarias, exigiendo justicia, transparencia y el respeto de los derechos humanos en Uruguay.

 ¡Por la verdad, la justicia y los derechos humanos!

 Asociación Internacional de Familiares y Amigos por la Justicia y los Derechos

Humanos en Uruguay (ASINFA)